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¿Qué es el valor de referencia y cómo afecta en la compra de tu casa?
¿Qué es el valor de referencia y cómo afecta en la compra de tu casa?
Desde el pasado 1 de enero de 2022 entró en vigencia el valor de referencia para los impuestos que los particulares deben pagar en situaciones como la compra, la herencia, o la donación de un inmueble; o cuando se produce la extinción de condominio. De ahí al interés en qué consiste y la afectación a la hora de adquirir una propiedad.
El último supuesto, el del condominio de un inmueble, se produce cuando una propiedad tiene varios propietarios, es decir, es un bien común. La extinción del condominio es la desaparición de la propiedad en común de este bien.
Esto ocurre por ejemplo cuando una pareja que se separa tiene la vivienda en común y uno de los titulares deja de ser propietario de la vivienda y el otro titular se queda con el 100% de la misma. En este caso ya no habría condominio de la vivienda porque la copropiedad se ha extinguido. Pues bien, en la extinción del condominio también entrará en vigor el valor de referencia para el cálculo del impuesto a pagar.
Así, el valor de referencia va a ser muy importante a partir del próximo año, ya que los particulares que compren hereden, les sea donado o extingan un condominio sobre un inmueble, pagaran los impuestos teniendo en cuenta el valor del mercado que vendrá reflejado en el valor de referencia del Catastro.
Llega a través de la nueva Ley Antifraude Fiscal y tendrá efectos sobre el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP), el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD) y el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISyD).
En el caso de extinción de condominio se tributa a través del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados que también se verá afectado como acabamos de señalar por el valor de referencia.
El valor de referencia del catastro viene determinado por la Dirección General del Catastro, apoyándose en el cálculo de las compraventas de inmuebles llevadas a cabo ante notario y teniendo en cuenta las características de cada propiedad.
El valor de referencia se determinará de forma anual y estará disponible para los usuarios en la Sede Electrónica del Catastro a partir de 2022, es decir, cuando entre en vigor.
La aplicación del valor de referencia para la determinación de la cuantía de los impuestos en las operaciones inmobiliarias no va a llegar exenta de críticas y de suspicacias.
A éste se le ve como una ayuda a la Administración y no para el contribuyente, por la circunstancia que este valor de referencia será la base imponible de los impuestos que el consumidor pague si compra, le es donado o hereda un inmueble, aunque el precio de este sea menor.
De este modo, el valor de referencia trata de evitar que la Administración tenga que realizar visitas individuales a los inmuebles
En cierto sentido, se entiende, que el valor de referencia va a entrar en vigor para el cálculo de los impuestos en las operaciones inmobiliarias en el 2022, en un claro intento de la Administración de evadirse de los litigios con la justicia.
Y, además, la Administración pondrá fin al problema que le plantea el Tribunal Supremo. El alto tribunal exige a Hacienda que realice visitas individualizadas a los inmuebles para valorar estos de forma precisa si no está de acuerdo con la cuantía del impuesto pagado.
Ello le supone a la Administración un problema de envergadura y esta constituye una de las razones principales por las que pone en marcha el valor de referencia, es decir, con el valor de referencia podrá valorar los inmuebles sin la enorme molestia y gasto que le supone realizar visitas individualizadas de los mismos, utilizando para ello valores genéricos que constituirán el valor de referencia reflejado en el catastro.
Artículo escrito por Héctor Chamizo Twitter: @hectorchamizo
Centro de Estudios de www.tusolucionhipotecaria.com