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¿Son obligatorios las vinculaciones de productos en las hipotecas?
A la hora de la contratación de una hipoteca es bastante habitual la vinculación de productos para que descienda el tipo diferencial –al que después se suma el Euríbor–. Muchos usuarios se han visto obligados durante años a contratar un seguro de vida con el banco para poder obtener la hipoteca, seguros del hogar o tarjetas de crédito.
Y es que, pese a que la nueva ley hipotecaria impide este tipo de vinculaciones, muchos consumidores deciden contratarlo a cambio de obtener, efectivamente, una mejora de las condiciones del préstamo, como una rebaja en los intereses.
En cuanto al seguro de vida, que es la práctica más habitual por parte de las entidades financieras, el usuario ha de rellenar y firmar un cuestionario de salud. Eso sí, no siempre se ha seguido este proceso. En este sentido, el problema aparece cuando el cliente fallece o le conceden una incapacidad y la compañía se seguros se niega a pagar la indemnización correspondiente, alegando que el cuestionario no se ha rellenado correctamente.
De ahí a que el usuario necesite tener un asesoramiento claro sobre los productos que contrata y cómo hacerlo. No siempre una reducción de la cuota que se paga es beneficioso. Según apunta Ricardo Gulias, director de RN Tu solución hipotecaria, «es importante hacer el cálculo de los costes que nos suponen al año los seguros que nos obligan a contratar e incluso los planes de pensiones”.
Lo que aparentemente resulta barato puede terminar saliendo caro a largo plazo. Un seguro de vida vinculado a la hipoteca no es obligado tenerlo, aunque sí recomendable. Aquí nos podemos ahorrar una media de 120 a 250 euros anuales. Todo dependerá de la edad que tengamos.
El seguro de nuestra vivienda sí es obligatorio, pero quizá nos salga más barato con otra aseguradora diferente a la entidad bancaria donde tenemos contratada la hipoteca. Muchos expertos exponen que aquí podemos ahorrarnos otros 100 euros si buscamos un producto que reúna las necesidades concretas del cliente.
De igual modo, la contratación de tarjetas de crédito o planes de pensiones también pueden suponer un ahorro anual, aunque es difícil de cuantificar la cantidad exacta. Lo que sí está claro es que al año la suma total puede cifrarse en unos 1.000 euros de media, aproximadamente. Sobre todo, si nos informamos correctamente.
Pongamos un ejemplo de que tenemos un crédito hipotecario a tipo variable por valor de 153.714 euros. En el caso de que tengamos unas condiciones de Euribor + 1% con las vinculaciones citadas anteriormente, nuestra cuota mensual sería de 494 euros.
Imaginémonos que al por desligarnos de la contratación de esos productos nuestras condiciones pasan a ser de Euribor + 2%. Estaríamos pagando una cuota de 568 euros, lo cual supondrían 888 euros más que en si tenemos productos vinculados. Por tanto, con los tipos de interés a los niveles actuales no merecería la pena.
Cabe destacar que esta opción puede ser interesante para aquellos que quieran hacer amortizaciones anticipadas regularmente o para los que tengan un crédito hipotecario a pocos años. Principalmente porque si los tipos de interés aumentan dentro de un tiempo, la diferencia sería mayor y sí que compensaría la fórmula de tener varios productos vinculados para que se reduzca los intereses que pagamos por nuestro préstamo.
Para ello, lo más recomendable es recibir asesoramiento y ver lo que más nos favorece en cada caso. Acudir a un bróker hipotecario puede ser una solución que has de tener en cuenta. En nuestra empresa puedes contar con toda la información que necesites a través de los mejores expertos.
Artículo escrito por Héctor Chamizo Twitter: @hectorchamizo
Centro de Estudios de www.tusolucionhipotecaria.com