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¿En qué consiste la hipoteca inversa?
Con la reforma de las pensiones que aprobará el Gobierno dentro de poco, las entidades bancarias han empezado a promocionar la hipoteca inversa. Es un producto bancario destinado principalmente a personas mayores pero que hasta ahora no se ha comercializado mucho en España.
¿En qué consiste la hipoteca inversa? Es un producto bancario relativamente nuevo, que permite a las personas que lo contratan obtener liquidez por su vivienda manteniendo la propiedad de la misma. Es una buena alternativa a los tradicionales planes o fondos de pensiones. Porque los españoles sí ahorran, y los datos confirman así lo demuestran dado que un 87% de las personas mayores de 65 años tiene una casa en propiedad.
Es un producto muy rentable para los bancos dado que no tiene riesgo de impago y desahucios como en las hipotecas tradicionales. No obstante, poca gente conoce su existencia y se han creado varios mitos que no son ciertos.
A lo contrario de lo que piensa mucha gente, el banco no se queda con la vivienda. Se utiliza como garantía en la operación. Cuando el titular/es fallecen, la deuda pasa a los herederos por un valor inferior al de la propiedad.
La contratación de la hipoteca inversa está exenta del IAJD (Impuesto por Actos Jurídicos Documentados). Además, el cliente tiene la posibilidad de rescindir el contrato con la entidad bancaria cuando quiera, con unos gastos entorno al 0,25% – 0,50% del total amortizar.
Sobre el funcionamiento:
Las hipotecas inversas son operaciones financieras que posibilitan a la persona obtener liquidez por el valor patrimonial de la propiedad de su vivienda. La condición imprescindible para poder acceder a ellas es tener, como mínimo, 60 años y una vivienda en propiedad.
La mensualidad a percibir por parte del contratante depende de varios factores. Uno es la edad, cuanto mayor sea la persona, mayor cantidad recibirá. Otro es el sexo, las mujeres cobran menos que los hombres por una cuestión de esperanza de vida. Por último, el precio de la vivienda, cuanto mayor sea el valor del inmueble, más dinero a percibir.
Por ejemplo, una mujer de 70 años con una vivienda valorada en 300.000 euros percibiría una cantidad alrededor de los 479 euros al mes. Si la propiedad la tuviera un hombre, recibiría 500 euros, aproximadamente.
Gastos de contratación:
Los gatos son los siguientes: comisión de apertura, impuestos, notaría, gestoría, registro y devolver el capital, obviamente. El banco adelanta el importe de estos gastos, por lo general. Al tratarse de una primera vivienda, la operación está exenta de IAJD (como habíamos comentado anteriormente). A esto hay que sumarle los intereses del crédito, que rondan el 5% – 7% dependiendo de las entidades.
A nivel fiscal, el importe que se percibe por la contratación de estas hipotecas no hay que reflejarlo en la declaración de IRPF. Ahora bien, los cobros derivados de la renta vitalicia sí que tributan.
Por último, los herederos tienen varias opciones: cancelar la deuda, subrogar la hipoteca o vender la propiedad y pagar la deuda.